El caso de la cadena de tiendas Hobby Lobby no tenía nada que ver, en principio, con el colectivo gay. La demanda versaba sobre si la cadena de tiendas debía proveer a sus empleados con anticonceptivos dentro de su plan de salud. Los empresarios se negaban aludiendo a sus creencias religiosas. La sentencia de la Corte Suprema ha declarado, por cinco votos a cuatro, que en empresas con una participación empresarial reducida, como es el caso, los propietarios tienen derecho a escudarse en sus creencias religiosas para negarse a proveer servicios. Muchos colectivos gays norteamericanos se han apresurado a lamentar la sentencia por las implicaciones futuras que puede acarrear para la discriminación de trabajadores LGBT, aunque en todo caso no está claro el alcance que podría llegar a tener.
La preocupación se centra en que los negocios puedan aludir a este mismo principio para negarse a incluir en sus seguros la atención a los cónyuges del mismo sexo, o los tratamientos relacionados con la transexualidad, así como las pruebas del VIH. El presidente de la Cámara de Comercio Gay y Lésbica, Justin Nelson, ha considerado que la sentencia “sienta un peligroso precedente para futuras leyes, como la Ley de No Discriminación en el Empleo, porque puede dar argumentos legales para que las empresas aleguen una exención religiosa a las políticas de no discriminación”. También la ha criticado la CEO del Centro LGBT de Los Ángeles, Lorri L. Jean: “Es un precedente peligroso que, además de dañar a las mujeres, pone los derechos y libertades del colectivo LGBT en peligro”.
Sin embargo, algunos colectivos ven en la sentencia una posible victoria. “Por suerte, sin embargo, la opinión mayoritaria ha reconocido que incluso bajo esta extensa nueva regla, las corporaciones no pueden apoyarse en alegaciones de libertad religiosa para evitar las leyes de no discriminación. Esta limitación es extremadamente importante y significa que los empleadores no pueden explotar la decisión de hoy para justificar no seguir las leyes que prohíben la discriminación contra el colectivo LGBT y otros grupos vulnerables, pero necesitaremos permanecer vigilantes para asegurar que este principio es respetado”, ha destacado la directora legal del Centro Nacional por los Derechos Lésbicos, Shannon Minter. De igual manera lo ven en la Asociación Americana por las Libertades Civiles (ACLU): “No creo que podamos dejar de contemplar este asunto, pero al mismo tiempo, creo que la corte sí reconoció una distinción importante. Esperamos que prevendrá que esta decisión se use para permitir todavía más discriminación en el puesto de trabajo”, señaló Rose Saxe, una de las abogadas del grupo.
Los jueces en su sentencia mayoritaria no consideran que este caso se pudiera aplicar a otros supuestos, como escudarse en diferencias religiosas para despedir a alguien por razón de su raza. Este supuesto sí está expresamente recogido en la sentencia: “La principal discrepancia alude a la posibilidad de que la discriminación en el empleo, por ejemplo en base a la raza, podría ocultarse bajo la práctica religiosa para escapar a la sanción legal. Nuestra decisión de hoy no provee este tipo de escudo. El Gobierno tiene un interés imperioso en proveer igualdad de oportunidad de participar en la fuerza de trabajo sin contemplar la raza, y las prohibiciones de discriminación racial están diseñadas de manera precisa para conseguir este objetivo crítico”, ha señalado el juez Samuel Alito dentro de la opinión mayoritaria.
internacional
01/07/2014 14:22:24
La Corte Suprema de EE UU abre la puerta a discriminar a trabajadores LGBT
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